LA HERMANDAD LEONESA DE 1313 Y SUS ANTECEDENTES (LAS HERMANDADES DEL REINO DE LEÓN IV)

09 julio, 2013

En esta cuarta entrada dedicada a las hermandades concejiles del reino de León me gustaría recalcar el hecho de que en este año de 2013 estamos en el séptimo centenario de la Hermandad celebrada en Benavente en 1313, aunque es un tema tan desconocido para el público en general que parece que nadie ha reparado en esta efeméride. Es una lástima, porque además podría vincularse a la situación actual de las juntas vecinales, herederas de aquellos concejos medievales tan combativos que incluso llegaban a amenazar de muerte a los oficiales regios que portaran cartas y documentos que fueran contra sus libertades y fueros.

-Las Cortes de 1302.

Las Cortes de Medina del Campo en 1302 solo fueron para Toledo, León y Extremadura. Los procuradores pidieron que en adelante se unificaran las reuniones de Cortes, y Fernando IV lo aceptó, justificando que las había continuado haciendo por separado “por partir peleas y rreyertas” (para evitar peleas entre los representantes de las diferentes ciudades y reinos). En estas Cortes Fernando juró cumplir los fueros, libertades y buenas costumbres de los distintos reinos, comprometiéndose a no cometer desafueros y a anular los documentos emitidos que vulneraran los derechos de los concejos. También aceptó mantener a expensas suyas en su corte a hombres buenos de Castilla, de León y de Extremadura para que vigilaran el cumplimiento de estas disposiciones en sus respectivos reinos. Con ello se hacía innecesario mantener las Hermandades. Sin embargo, según González Mínguez en ese mismo año hubo otras Cortes en Burgos sólo para Castilla, y en ellas el monarca reconoció a la Hermandad General de las Villas de Castilla. En cualquier caso, las hermandades no vuelven a aparecer en el resto de su reinado. Los nobles, aprovechando la debilidad del poder real, campan a sus anchas y saquean el reino, provocando el caos. En 1311, quince prelados de León y de Castilla se plantean fundar una hermandad para que “la tierra sea tornada en justicia e en bon estado”, pero no tenemos más noticias de ella.  

-La Hermandad del reino de León de 1312.

En septiembre de 1312 falleció Fernando IV, dejando como sucesor a su hijo Alfonso, que era todavía un bebé “de edat de un año et veinte et seis dias”, con lo que se abrió otro periodo de inestabilidad en el trono. Dos facciones de nobles se pelean entre sí en lo que se llamó “el fecho de la tutoría” para establecer quién sería el tutor del niño: por un lado, su madre doña María de Molina (la reina madre), y por otro su tío el infante don Juan, que hasta 1300 se había intitulado rey de León, Galicia y Sevilla. Ambos acordaron que la resolución del conflicto se haría en una nueva convocatoria de Cortes en Palencia, en la primavera de 1313, pero mientras llegaba ese momento cada uno intentó atraer a los concejos a su bando. En este sentido la labor del infante don Juan fue mucho más efectiva, y María de Molina se centró en ganarse el apoyo del entorno de la familia real y del rey de Aragón.

Como era de esperar, en estos convulsos momentos renacen las Hermandades: todavía no había acabado el año 1312 cuando surgió la primera, nuevamente del reino de León, agrupando los concejos de León, Zamora, Salamanca, Benavente, Alba de Tormes, Ledesma, Villalpando, Mansilla, Olmedo, Granadilla, Sayago, Mayorga y Astorga. Conocemos esta Hermandad gracias a un documento conservado en el Archivo Municipal de Ledesma (carpeta 2, documento nº12,). En ese mismo Archivo se conserva otro (carpeta 1, nº2) por el que se deduce que la reunión fundacional tuvo lugar en Mayorga, pues en él el concejo de Ledesma acepta los acuerdos a los que llegaron allí sus procuradores y los del resto del reino de León. 

-La Hermandad del reino de León de 1313.

Poco tiempo después, el 15 de enero de 1313, se formó en Benavente una nueva hermandad del reino de León, pero esta vez sólo compuesta por los concejos de León, Zamora, Benavente, Astorga y Mansilla, a los que se unirá Alba de Tormes el día 16. El “ayuntamiento” de concejos había sido convocado por el infante don Juan, que también había logrado la adhesión a su bando de don Juan Nuñez, el infante don Felipe (hijo de Sancho IV) y Pedro Ponz. Es, por tanto, una peculiar hermandad realizada entre concejos y nobles. Por fortuna se conserva el cuaderno completo de esta Hermandad en el Archivo Histórico Municipal de León (documento nº64 del Catálogo).

Portada del Cuaderno de Hermandad, doc. nº 64 AHM de León.

La dos primeras páginas del Cuaderno (y mis dedazos).  doc. nº 64 AHM de León.
La primera razón que esgrimen los firmantes para formalizar esta Hermandad son, una vez más, los “quebrantamientos de nuestros fueros e de nuestras libertades e de franquezas” y los desórdenes que se arrastraban “desde el tienpo del rey Alfonso, padre del rey don Sancho”. Los concejos justifican la unión con los nobles para “que seamos todos de un coraçon e de una voluntad a servicio de nuestro señor el rey don Alfonso [XI] e a guarda del so señorio”

Tras esta introducción se desarrolla el contenido normativo a través de varias disposiciones:

1ª-Compromiso de ayuda mutua entre los concejos y los nobles mencionados frente a posibles amenazas del rey, su tutor, o futuros reyes.

2ª-Actuación conjunta de las dos partes firmantes en las Cortes venideras. Don Juan y los suyos se comprometen a defender a los concejos de los posibles ataques de otros nobles.

3ª-Se prohíbe a los concejos firmantes usar la fuerza unos contra otros, o contra los nobles unidos a la Hermandad. 

4ª-Los hermanados se niegan a aceptar cualquier carta o documento del rey o de los nobles “que sea contra nuestros fueros e priuilleios (…) nin contra nuestras libertades e husos e costumbres”. Si el que presentara la carta no fuere vecino de alguno de los concejos firmantes, se ordena “quel recabden el cuerpo” (que lo hagan prisionero) y que no se obedezcan las órdenes del documento. Como vemos, una medida menos drástica que la que se imponía en la Hermandad de 1295, que decía "que lo maten por ello, e todos los otros Conçeios que nos paremos a ello, asi como se todos fuesemos en matarlo”. 

5ª-Las fortalezas o “alcaçeres” de las villas estarán en manos de “omes bonos” vecinos y moradores en esas mismas villas. 

6ª-La justicia será administrada por los jueces de las villas y ciudades participantes, siguiendo siempre los fueros locales. Sólo podrían intervenir jueces forasteros por petición de los concejos, pero eso sí, habrían de ser elegidos entre “los homes bonos del reyno de Leon de villa e de fuero de señorio del”.

7ª-Las merindades deben ser ejercidas por “omes bonos que sean naturales de la tierra e de las villas del reyno de Leon, que sean de bona fama”. De todas formas, sus decisiones estarían sujetas al control de los jueces y alcaldes locales.

8ª-Se acuerda lo mismo que en la disposición anterior para otros oficios públicos: “que la notaria e la vista del reyno de Leon e las alcaldias de su casa que sean dadas a omes bonos e entendudos del Regno mismo, que sean de fuero e del señorio del rey”. 

9ª-Se prohíbe construir fortalezas, torres o casas fuertes en el Reino en suelo realengo, abadengo o de behetría. Si alguna de estas construcciones se hubieran levantado después de la muerte del rey Sancho, los firmantes acuerdan derribarla entre todos.

10ª-Se establecen las condiciones “por que todos los omes bonos del Reyno de Leon avemos de reçebir tutor”. Es la disposición más larga de todas, y se acuerda, entre otras cosas, que si el tutor del rey cometiese desafuero “que lo fagan saber a los conçeios de Leon e de Çamora que lo fagan saber a los conçeios de Duero alende e los de Leon de Duero aquende que fueren en esta hermandad”. Se trataría el asunto reuniendo en un máximo de 15 días a todos los procuradores de la Hermandad en Benavente. Si el tutor/a del rey hiciese caso omiso de lo que se acordase allí, los concejos y los nobles de la Hermandad lo/a repudiarían.

11ª-La Hermandad puede ampliarse con el permiso de los firmantes. Vale con que lo confirmen dos concejos cercanos al aspirante, o uno de los nobles y un concejo, siempre que se acepte lo contenido en el Cuaderno de Hermandad.

12ª-Se establece Benavente como capital de la Hermandad donde tendrán lugar las reuniones anuales: “que fagamos ajuntamiento en Benavente cada año por día de pasquella”, es decir, el domingo siguiente al de la Pascua de Resurrección (Ruiz de la Peña señala equivocadamente que la reunión se hacía el día de Pascua). El concejo que no enviara procuradores debería pagar dos mil maravedís de multa.

En la parte final del Cuaderno de Hermandad se especifica que de los nobles tan sólo se hallaba presente el infante don Juan, pero que tenía poder para representar a todos los demás. Se añaden sendas disposiciones adicionales admitiendo en la Hermandad al Concejo de Alba (de Tormes) y al infante don Felipe, don Fernando (hijo del infante don Fernando), y don Alfonso (hijo del infante don Juan).

El Cuaderno lleva una gran cantidad de sellos de cera que por desgracia están bastante mal conservados. De todas formas son reconocibles los de los infantes don Juan y don Felipe. En el texto se indica que varios de los concejos no pudieron poner su sello.


Algunos de los sellos del Cuaderno de Hermandad. El más grande es el del infante don Juan.

El texto de este Cuaderno recuerda mucho al de hermandades anteriores y posteriores, porque sus objetivos seguían siendo los mismos: la defensa de los fueros y libertades de los concejos, y suplir el vacío de poder que dejaba la monarquía en épocas de crisis. Lo que diferencia a esta Hermandad respecto a las demás es la presencia y participación de nobles, que llevó a Suárez Fernández a afirmar que no fue una hermandad independiente. Sin embargo, coincido con Ruiz de la Peña al señalar que cumple los mismos criterios y requisitos que las hermandades anteriores, contando a mayores con el respaldo (mutuo, eso sí) de una facción de nobles. Es decir, la Hermandad Leonesa de 1313 no está sometida a los nobles, sino que se pone en plano de igualdad, algo que queda meridianamente claro en el Cuaderno. 

Poco después de la leonesa, y también a instancias del infante don Juan, se creó una hermandad castellana de la que no se conserva su cuaderno. Ambas se reunieron en Sahagún constituyéndose casi como unas Cortes alternativas a las oficiales. Tuvieron que trasladarse a San Pedro de las Dueñas ante la amenaza militar del infante don Pedro. Tenemos noticias de que posteriormente existió otra hermandad de Extremadura, y tal vez otras de Asturias y de Galicia. Lo más probable es que por aquél entonces la Hermandad Leonesa hubiera visto incrementado el número de integrantes, aunque por desgracia no conservamos más documentos relativos a ella. 

La Hermandad Leonesa de 1313 y las de los otros territorios contribuyeron a preparar el camino para la Hermandad General de 1315, que como veremos tuvo una composición dúplice, distinguiendo entre León y Castilla.

EN LA PRIMERA MUESTRA INTERNACIONAL DE DANZA DE PALOS DE BERMILLO DE SAYAGO

02 julio, 2013

Este pasado domingo viajamos hasta la zamorana comarca de Sayago para asistir a un evento poco habitual por tierras leonesas: un encuentro internacional de danzas de palos en el que intervinieron representantes de tres países diferentes. Este tipo de danzas está muy extendido por Europa, y en realidad representa auténticas batallas en las que se sustituye las espadas por palos que los danzantes entrechocan con variable violencia según el lugar de procedencia.

Esta Primera Muestra Internacional de Danza de Palos tuvo lugar en Bermillo de Sayago, y reunió a grupos de Reino Unido, España y Portugal. Estuvo organizada por "La Mayuela", con la colaboración del Ayuntamiento de Bermillo, la Asociación de Empresarios de Sayago y la Asociación de Mujeres de Bermillo.

En primer lugar actuaron los Icknield Way Morris Men, un grupo de "Morris Dancers" (danzantes de bailes tradicionales) con 53 años en su haber, y que debe su nombre al "Icknield Way", una antigua ruta comercial. Interpretan bailes propios del centro de Inglaterra (el "Cotswold"), y sus chalecos lucen una wiverna que los extranjeros suelen confundir con el dragón de Gales. 
Icknield Way Morris Men

A continuación actuaron The Gloucestershire Morris Men, acompañados por el melodeon (acordeón diatónico), la concertina, la flauta, el flautín y el tamboril. También provienen del Cotswold.

The Gloucestershire Morris Men

Los dos grupos ingleses se fueron alternando, demostrando una simpatía extraordinaria que se ganó al público asistente. No sé por qué, pero la música de ambos me recordó mucho a la que suena en las películas de marineros del siglo XIX. 


Tras los ingleses actuó el grupo de danza de palos de Cañizal (Zamora), que cuenta con la peculiaridad de estar compuesto en su mayoría por danzantes de poca edad.
Danza de palos de Cañizal
A continuación intervino el grupo portugués de Pauliteiros de Sendim (Miranda de Douro), que fue sin duda el que realizó las actuaciones más espectaculares del evento. Los distintos bailes reciben el nombre de "lhazos" (llazos) en mirandés, la variante portuguesa de la lengua asturleonesa.
Pauliteiros de Sendim
Entre estos lhazos, destacó el del asalto al castillo, que es sencillamente espectacular:


Durante las danzas de los sendineses se dio esta curiosa estampa protagonizada por uno de los danzantes ingleses:


Para finalizar esta Primera Muestra Internacional la Asociación Bajo Duero interpretó jotas y danzas de Tábara y Sayago, aunque por desgracia me quedé sin batería en el móvil y no pude hacerles ninguna foto. 

Para acabar el día, al pasar por la ciudad de Zamora y gracias al aviso de nuestra amiga Ana pudimos ver los fuegos artificiales que cerraron las fiestas de San Pedro. Un gran broche para una tarde de lo más interesante.