León y la abortada constitución de 1873

12 julio, 2005

Algunos castellanistas y sus historiadores a sueldo presentan como antecedente de la actual comunidad autónoma de C. y León el hecho de que el proyecto de constitución de la I República introdujera a la Región Leonesa dentro de Castilla la Vieja. Por supuesto, estos castellanistas "olvidan" convenientemente una serie de aspectos básicos sobre la redacción de borrador, así como la reacción que provocó en León.
  1. Para empezar, esta constitución nonata fue todo un ejemplo de la típica chapuza española: Castelar la elaboró en el tiempo récord de 24 horas , para presentarla a continuación el día 17 de julio. Es muy posible que Castelar diera una pobre imagen de sí mismo ese día apareciendo en la Asamblea con ojeras y sin afeitar después de una jornada tan movidita, sobre todo teniendo en cuenta que el proyecto constitucional constaba de 117 artículos organizados en 17 títulos.
  2. En el Título I figuraban como estados federales regiones tan históricas como Andalucía Alta y Andalucía Baja.
  3. Castilla la Vieja se parecía poco a la actual comunidad autónoma de Castilla y León, ya que incluía a Cantabria y a La Rioja.
  4. La reacción en León no pudo ser más negativa: ésta fue la respuesta del organismo que hacía las veces de Diputación en aquellos días:

    “La Comisión Provincial de León no cumpliría fielmente los deberes que en ausencia de la Diputación le encomienda la Ley, si dejará de elevar á los Representantes del Pueblo las consideraciones que le sugiere el proyecto de Constitución Federal, leído en la Sesión de 17 de Julio próximo pasado.

    Desde el momento en que fué conocida en esta provincia la división proyectada de España en 15 Estados para constituir la Federación, no ha cesado un momento de recibir las reclamaciones más enérgicas y las excitaciones más eficaces de los Ayuntamientos, á fin de que acudieran á la Representación Nacional, solicitando para la provincia de León la autonomía, que á otras con menos derecho se trata de conceder.

    La provincia de León, Título y Cuna del primer Reino de la reconquista, que cuenta con una extensión superficial de 1.597.120 hectáreas y una población de 348.756 habitantes; que por su situación topográfica, por sus producciones, por sus costumbres, no pertenece, ni puede considerarse como una parte de Castilla la Vieja; y que cuenta con elementos mas que suficientes para constituir por sí un Estado próspero, no debe ni puede ser absorbida por otro, sea cualquiera su nombre, y con el que no la unirán seguramente relaciones de ninguna especie.

    No pretende León en manera alguna ser el centro de un Estado, al que concurrieran otras de las actuales provincias; sino formarse por sí sola, y no perder su autonomía, ni el glorioso nombre de Leoneses sus habitantes, que con él y no con el de Castellanos se han distinguido siempre por su patriotismo, su laboriosidad y su cordura.

    Si la división responde á los antiguos Reinos, como asegura el preámbulo del proyecto de Constitución ¿Quién con mas derecho que León para formar un Estado? Si estos han de tener cierta importancia, ¿Por qué Navarra y otros obtienen la preferencia cuando les supera la provincia de León en población, en extensión superficial y en el valor de sus variadas producciones, por las que solo en la Contribución territorial satisface mas de tres millones de pesetas?

    La Comisión provincial de León no duda un momento que estas mismas consideraciones ligeramente expuestas, hubieran surgido en la discusión del proyecto; pero anticipándose, porque así lo exige el malestar y la impaciencia que en la provincia reina, ante el temor de que desaparezca su autonomía, acude á las Cortes Constituyentes suplicando se digne tenerlas presentes al tratar de constituir el País.

    Salud y República. León 4 de Agosto de 1873.-Narciso Núñez Palomar, Vice-Presidente.-Salvador Balbuena.-Julián Contreras.-Diego López Fierro.-Manuel Martínez.-P.A.D.L.C.P., Domingo Díaz Caneja, Secretario”

Como se puede ver, argumentos de la más rabiosa actualidad que valdrían para la Transición y para hoy en día. El peligro de la integración en Castilla desapareció porque al final el proyecto de constitución fue muy discutido, y simplemente no se llevó a cabo (una pena que no ocurriera lo mismo en 1983 con el estatuto de autonomía de C. y León).
Pero antes de acabar quiero dejar una pregunta en el aire sobre todo este asunto: ¿no sería que a Castelar con las prisas de confeccionar el borrador le sobró una Andalucía y simplemente se olvidó de la Región Leonesa? ;-)

4 comentarios:

José María JURADO dijo...

En el cantonalismo de la I República se buscaba la ventaja de uan organización a mi juicio fatal, pero no asociada a territorios históricos, así pues es irrelevante la organización con Castilla o con León porque fue un fracaso.

En cuanto Andalucía: el concepto de alta y baja Oriental y Occidental, tiene una gran importancia incluso a nivel administrativo actual: recordad que Antequera y Málaga fueron incorporadas por el Rey fernando a la Corona de Castilla allá por el 80 del 1400, por no hablar de Granada, en términos "históricos" Andalucía Oriental (la alta)tendría más pedigrí que el reino leonés, pero todo eso ya se había disgregado y desaparecido, todo no era más que heráldica y España un imperio en decadencia...

Anónimo dijo...

Pero la reacción de esa "diputación" está bien para argumentar una autonomía uniprovincial, pero no para hablar del país leonés. Es mi opinión. Un saludo y enhorabuena por el blog

Anónimo dijo...

Andalucia "la Alta" como heredera de los Reinos de Granada y Jaen no es un error como aparece en el mensaje. En el trasfondo está el Reino de Granada, que nada tenía que ver con Andalucia.

Más información en:

http://espanol.geocities.com/andres_1933/

Ricardo Chao Prieto dijo...

Tiene usted toda la razón. Es un tema que desconocía hasta que este post, pero un amigo andaluz ya me informó amablemente de esta realidad. Muchas gracias por su comentario.