-Hermandades religiosas y la primera Hermandad de concejos.
El 2 de mayo de 1282 aparece la primera hermandad, con carácter claramente religioso, compuesta por 39 monasterios de los reinos de Castilla y de León. Su carta constitutiva es extremadamente breve y simple, porque no se ha conservado completa.
Curiosamente se emitió una carta de hermandad al día siguiente (3 de mayo) que tuvo como protagonistas sólo a obispos y abades de los reinos de León y de Galicia (o Corona Leonesa). El documento comienza de esta manera:
“Ad honorem Dei ac gloriose virginis matris sue, et communem utilitatem et bonum statum ecclesiarum, et monasterium, et ecclesiasticarum ac saecularium personarum, et regnorum Legionis et Galleçiae”.
Por desgracia, cuando se publicó la transcripción de ese documento a mediados del s. XIX casi con seguridad se leyó erróneamente “regnorum Legionis et Castellae”, lo que podría llevar a pensar equivocadamente que esta Hermandad abarcó toda la Corona de Castilla. Pero si seguimos leyendo el documento, comprobaremos que prácticamente todos los monasterios e iglesias que se citan a continuación (con la única excepción de Sahagún, que yo sepa) pertenecen a los reinos de León y Galicia (Asturias incluida), es decir, a la Corona de León. En total los firmantes son seis obispos, 24 monasterios, y el representante de la Orden del Santo Sepulcro. La hermandad se reunió en Valladolid, pero escogió a Benavente (“Venaventum”) como lugar de reunión en lo sucesivo. Ése es un dato interesante, porque esta ciudad también sera elegida como capital de futuras hermandades.
Lo verdaderamente relevante de esta segunda hermandad religiosa es que en el documento se afirma que estos obispos y abades enviarían procuradores a las reuniones de la ya existente “germanitas regnorum Legionis et Galleçie” (Hermandad de los reinos de León y de Galicia), cuya existencia sólo conocemos por este testimonio pero que, en todo caso, es la primera hermandad de concejos (y de cualquier otro tipo) de la historia de Hispania.
El 27 de mayo, a imitación de la leonesa, se creó en Burgos la Hermandad de los concejos de Castilla, de la que formaban parte más de 60 concejos. Hay muchas más información sobre esta y otras hermandades castellanas en este magnífico artículo del blog castellano Area Patriniani.
-La Hermandad o coalición de hermandades de Castilla, León y Galicia
Se intentó juntar a la hermandad leonesa y a la castellana en una Hermandad General de la Corona de Castilla el 8 de julio de 1282. Se conservan dos documentos de esa Hermandad emitidos en la misma fecha (8 de julio):
-El primero, publicado por César González Mínguez, se conserva en el Archivo Municipal de Nájera y fue redactado por la Hermandad de León y Galicia, reconociendo que cooperarían con la de Castilla.
“Nos los infantes e los prellados e los ricos ommes e los conçeios e las ordenes e las caualleria del regno de León e de Galiçia, veyendo que eramos desaforados e maltrechos (…) façemos hermandat e estableçemos para siempre iamas nos todos los dellos regnos sobre dichos en los conceios del regno de Castiella e con los infantes e con los ricos ommes e con los fijosdalgo e con los prelados e con los caualleros e con las ordenes e con todos los otros que hy son o y quisieren seer.”
En realidad parece más una propuesta de colaboración que una federación con la hermandad castellana, ya que muchas de las disposiciones están destinadas únicamente a los reinos de León y de Galicia, como estas dos:
“que ningún infante nin rico omme non sea merino nin adelantado en el reyno de León e de Galíçia nin infanzón nin cauallero que aya gran omiçilio sabudo con caualleros e con otros ommes de la tierra que non sea de fuera del reyno”
“Otrosí que todos aquellos que quisieren apeldar del juyçio del rey o de don Sancho o de los otros reyes que fueren después dellos que puedan apeldar e que ayan el alçada para el Libro Judgo en León asi como lo solian auer en tienpo de los reys que fueron ante deste.”
Esta última reconoce el derecho a apelar incluso al juicio del rey utilizando el Fuero Juzgo (o Libro de León), lo que contrasta con otros reinos europeos, donde la justicia del monarca era la instancia superior e inapelable. De hecho, las ordenanzas parecen estar copiadas directamente de las de la hermandad de los reinos de León y de Galicia, ya que incluso al final se dice literalmente lo siguiente:
“E para guardar e cunplir todos los fechos desta hermandat filiemos un seyelo de dos tablas que son de tal señal: en la una tabla una figura de león e en la otra una figura de Santiago en su cauallo e una espada en la mano derecha e en la mano ezquierda vna senna e una cruz encima e por las sennales ueneras e las letras del seyello dicen asi: seyelo de la hermandat de los de los [sic] regnos de León e de Galicia, para seelar las cartas que ouieremos mester para fecho desta hermandat”.
Es decir, el “copia-pega” fue tan literal que incluso insertan una frase diciendo que lo que se está constituyendo es la “hermandat de los regnos de León e de Galicia”, si bien a continuación se añade:
“E nos toda la hermandat de León e de Galicia facemos pleyto omenaie a toda la hermandat del regno de Castiella de uos ayudar bien e lealmente e guardar e mantener todas estas cosas sobredichas e cada unas délas”.
En principio no se establece ni se menciona una sede para esta hermandad.
-El otro documento emitido el mismo día por esta especie de embrión de hermandad general de la corona de Castilla se guardaba en Sahagún, y fue publicado por Romualdo Escalona en “La Historia del Real Monasterio de Sahagún” (1782). Según este último, en la hermandad se reunieron
“los Infantes, et los Prelados, et los Ricos Hommes et los Conceios, et las ordenes, et la caballeria del Reyno de Castilla, et de Leon, et de Gallicia”.
Leyendo las ordenanzas da la impresión de ser el caso contrario al anterior documento, y que se estaban copiando directamente las de la Hermandad de Castilla, ya que siempre es este territorio el mencionado en primer lugar, y no hay ninguna referencia al Fuero Juzgo ni a ninguna particularidad leonesa. Se establecía Burgos como sede, lo que refuerza esta impresión.
En estas ordenanzas sanfacundinas los concejos comienzan quejándose de los desafueros cometidos por Alfonso X, y reconocen la protección del infante don Sancho. Exigen el respeto a sus fueros y llaman a la acción colectiva: “que seamos todos unos á defendernos, et ampararnos”. Acordaron reunirse anualmente “el primer dia de la Trinidat en Burgos”. La Carta de Hermandad llevaba dos sellos: en el de Castilla figuraba por una cara un castillo coronado por una cruz, y por la otra un castillo con una cabeza humana en lo alto. El otro sello era el de la Corona de León, con un león en un lado y por el otro la figura de Santiago matamoros a caballo. A pesar de la anterior referencia a Burgos como sede, para escuchar las querellas acuerdan reunirse el primer día de julio de cada año “do la Hermandat acordaren, et tovieran por bien” (nótese el plural).
En cualquier caso, el tenor y contenido general de ambos documentos de la Hermandad de Castilla, León y Galicia es muy semejante, y seguramente copian la estructura y contenido de hermandades anteriores, previsiblemente siendo la fuente la primigenia hermandad leonesa de 1282. Asimismo, sus disposiciones fueron copiadas y adaptadas en cartas de hermandades posteriores.
-La reunión de la Hermandad de León y Galicia en Toro (1283)
Esta última Hermandad de Castilla, León y Galicia (o de la Corona de Castilla, si se prefiere) no debió resultar muy operativa, o en todo caso debió de funcionar como un compromiso puntual, porque un año después, en julio de 1283, se reunió de nuevo la Hermandad de los reinos de León y de Galicia, teniendo Toro como lugar de reunión. No se puede descartar que fuera una Hermandad nueva, pero parece más lógico pensar que se tratara de una nueva reunión de la Hermandad de León y Galicia primigenia. No sabemos el papel que jugó en ella don Juan, que por aquel entonces ya se había reconciliado con su padre Alfonso X, y había abandonado el partido de su hermano Sancho. En cualquier caso, la Hermandad ordena en ese encuentro “á los concejos de Monfort é de Puerto marin é de Sarria é de Lugo é de Orense, é á todos los otros de Galicia” que defiendan al monasterio de San Vicente de Monforte de los ataques y saqueos de “caballeros é escuderos é dueñas, é otros homes”. Es decir, la Hermandad se presenta como defensora del orden público frente a los desmanes de los nobles y sus seguidores, dada la nula capacidad de respuesta de la monarquía en esos momentos históricos.
-La reunión de las Hermandades en Medina del Campo (1284)
En abril de 1284 murió Alfonso X y entró a reinar su hijo Sancho IV, como se ha dicho. En septiembre hubo una reunión en Medina del Campo de las hermandades de los reinos de Castilla, León, Toledo, Galicia, Extremadura y Andalucía. En ella acuerdan por un lado aceptar a Sancho como rey legítimo si éste acepta a su vez defender los fueros y libertades de cada reino, y por otro establecen coordinarse con las Cortes.